Migrar A Costa Rica: Requisitos De Residencia

by Equipo Inmigracion Quatro Legal | June. 13, 2024 | Artículo, Inmigracion

Costa Rica es conocida por su estilo de vida Pura Vida, su exuberante naturaleza y su increíble fauna. Sin embargo, al igual que cualquier otro país, ingresar legalmente implica ciertas formalidades. Por lo tanto, es crucial para todo viajero entender que los ciudadanos extranjeros pueden ingresar al país como turistas sin necesidad de visa, dependiendo de su país de origen. Los ciudadanos de Estados Unidos, Canadá y la mayoría de los países europeos disfrutan de este privilegio. Si no es de una de estas nacionalidades, es recomendable investigar si requiere una visa de entrada.

Para todas las categorías de residencia de inmigración costarricense, la “Dirección General de Migración y Extranjería” (DGME) requiere un conjunto estándar de documentos del país de origen. Estos incluyen un acta de nacimiento, acta de matrimonio y antecedentes penales. Para obtener la residencia costarricense, los documentos deben estar apostillados y emitidos dentro de los seis meses previos a la fecha de presentación. Para los países que no emiten apostillas, los documentos deben ser legalizados por la autoridad gubernamental competente y autenticados por el Consulado de Costa Rica más cercano.

Para los ciudadanos de Estados Unidos, solo se aceptan antecedentes penales emitidos por el Buró Federal de Investigación (FBI) en Washington D.C., debidamente apostillados por el respectivo Secretario de Estado. Los registros policiales emitidos por autoridades locales o del país serán rechazados por la Dirección de Migración.

Para los ciudadanos canadienses, solo se aceptan registros policiales emitidos por la Real Policía Montada de Canadá (RCMP). Canadá se ha convertido recientemente en signatario de la Convención de La Haya, y como tal, la apostilla está disponible en territorio canadiense a partir del 11 de enero de 2024. La apostilla de los documentos debe ser procesada a través de Asuntos Globales Canadá.

Para el proceso de residencia costarricense, todos los documentos del extranjero deben ser traducidos al español en Costa Rica por un traductor oficial autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica.

Cuando los extranjeros vienen a Costa Rica para inversión, establecimiento de negocios, vacaciones o jubilación, a menudo preguntan sobre las diferentes opciones de visa o residencia disponibles para ellos. Las solicitudes de residencia son procesadas por la Dirección General de Migración. Según la Ley de Migración N° 8764, hay dos categorías principales de residencia: temporal y permanente. La mayoría de las opciones de residencia costarricense para extranjeros caen bajo la categoría de “residencia temporal”. Estas residencias deben renovarse periódicamente y prohíben al solicitante trabajar o participar en cualquier actividad física o intelectual remunerada.

Las tres residencias temporales costarricenses más comunes para las que nuestros clientes solicitan son: Pensionado, Rentista e Inversionista.

Los requisitos generales para cualquiera de las solicitudes de residencia descritas anteriormente incluyen:

– Formulario de inmigración completado.
– Carta de solicitud y poder especial.
– Carta de consentimiento de información de la Dirección de Migración.
– Depósito de US$200.00 en el Banco de Costa Rica (BCR) por tarifas de inmigración.
– Depósito de US$50.00 en el Banco de Costa Rica (BCR) por tarifas de inmigración.
– Depósito de 1,000 colones en el Banco de Costa Rica (BCR) por tarifas de inmigración.
– Cuatro fotografías tamaño pasaporte.
– Toma de huellas dactilares en el Ministerio de Seguridad Pública de Costa Rica.
– Registro consular con el consulado del país del solicitante.
– Certificado de nacimiento, debidamente apostillado.
– Antecedentes penales, debidamente apostillados, del país de residencia.

Aunque proporcionar información es nuestra especialidad, recuerde buscar asesoramiento integral para asegurarse de estar completamente preparado para convertirse en residente costarricense.

Estamos aquí para ayudarle con sus consultas migratorias.

María José Mathus
Especialista en Inmigración
mjmb@quatro.legal

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