Soy Extranjero Y Quiero Trabajar En Costa Rica: ¿Cómo Puedo Obtener Un Estatus Migratorio Que Permita A Ciudadanos Extranjeros Trabajar En Costa Rica?

by Equipo Inmigracion Quatro Legal | Jan. 3, 2024 | Artículo, Inmigracion

Los extranjeros con visas de turista en Costa Rica no pueden trabajar legalmente ni realizar actividades remuneradas. Lo mismo se aplica a ciudadanos extranjeros con estatus de residencia temporal en Costa Rica como inversionistas, pensionados o rentistas. Las autorizaciones o permisos de trabajo se otorgan bajo el estatus de Permiso de Estancia y el estatus de Residencia Ejecutiva (Residencia para Ejecutivos), entre otras.

El permiso de Estancia (“Estancia”) es un estatus migratorio en el cual trabajadores o voluntarios extranjeros pueden permanecer en el país y trabajar para una “empresa patrocinadora”, ya sea extranjera o nacional. Las estancias legales o “estancias” son una categoría de no residencia que cubre a agentes comerciales, viajeros, delegados comerciales, beneficiarios de tratamientos médicos y personas de relevancia científica, profesional, religiosa, económica, política, cultural y/o deportiva. Los ciudadanos extranjeros bajo la categoría de Visa de Corta Estancia no pueden recibir un salario como lo haría un empleado “no restringido” normal. Las empresas extranjeras pueden solicitar el estatus de Estancia; sin embargo, sus trabajadores extranjeros deben continuar recibiendo sus beneficios y salario en su país de origen. Las empresas patrocinadoras deben cubrir todos los gastos de vida y alojamiento durante toda la duración de la estancia de sus trabajadores en el país.

El estatus de Nómada Digital es una categoría migratoria creada en junio de 2021 para atraer a trabajadores remotos y proveedores de servicios remotos y establecer un incentivo para estancias más largas en Costa Rica. Esta categoría migratoria es una subcategoría de estancia legal no residente conocida como “Trabajador o Proveedor de Servicios Remotos”. La ley lo define como cualquier persona que esté empleada o preste servicios independientes utilizando cualquier forma de tecnología a terceros ubicados en el extranjero y por la cual recibe un salario o compensación. El beneficio migratorio se otorga por un período de un año y puede extenderse por un año adicional. El beneficiario debe permanecer en el país al menos 180 días al año.

La Dirección General de Migración supervisa la aplicación de la ley y procesa todas las solicitudes de manera digital, junto con los requisitos legales. La Dirección General de Migración tiene 15 días hábiles para procesar estas solicitudes; sin embargo, actualmente este proceso está tomando más tiempo.

El solicitante debe demostrar un ingreso mensual estable de al menos US$3,000.00, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, durante al menos el último año. Si la solicitud incluye a la familia del solicitante, el requisito de ingresos aumenta a US$4,000.00, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Se requiere un seguro médico para toda la duración de la estancia del solicitante en Costa Rica.

La ley define a la familia inmediata como el cónyuge, hijos menores de 25 años, hijos con discapacidades independientemente de su edad y familiares ancianos bajo su cuidado.

Los beneficios creados por la ley son los siguientes: a) Exoneración de impuestos sobre la renta; b) Exoneración de aranceles de importación sobre cualquier equipo de computadora personal o tecnología requerida para cumplir con obligaciones legales; c) Autorización para conducir con una licencia extranjera durante la duración de la estancia; y d) Capacidad para abrir una cuenta bancaria bajo regulaciones simplificadas específicas.

La Residencia Ejecutiva es un estatus migratorio en el cual trabajadores extranjeros en posiciones ejecutivas o directivas pueden residir en el país y trabajar para una empresa bajo la premisa de que ocupan directorios con poderes representativos y están en la nómina de la empresa costarricense. La empresa y el solicitante deben cumplir con todos los requisitos laborales y de seguridad social de Costa Rica y deben informar un salario que sea un 25% más alto que el de los costarricenses en posiciones similares.

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