Facilite La Retención De Personal Extranjero En Su Empresa: ¿cuáles Son Los Requisitos Y Beneficios De Registrar Su Empresa En La Dirección De Migración?

by Equipo Inmigracion Quatro Legal | Jan. 3, 2024 | Artículo, Inmigracion

Los beneficios principales del nuevo proceso de acreditación son:

  1. Estado de presentación prioritario: La Oficina General de Migración tiene una ubicación y personal designado para empresas acreditadas, reduciendo el tiempo de espera para presentar solicitudes a aproximadamente 5 días hábiles.
  2. Tiempos de procesamiento reducidos: Los tiempos de procesamiento para el Permiso de Residencia Temporal se reducen sustancialmente a 30 días hábiles desde la fecha de presentación en la Oficina General de Migración (el tiempo de procesamiento actual para empresas no acreditadas es de aproximadamente doce meses).
  3. Requisitos de documentación reducidos: Los trabajadores extranjeros para empresas acreditadas no están obligados a presentar una extensa documentación corporativa con sus solicitudes de permiso, ya que toda la documentación corporativa requerida se presentará con la solicitud de acreditación de la empresa.
  4. Inicio del trabajo en Costa Rica con la presentación de la solicitud: Los solicitantes pueden comenzar a trabajar tan pronto como se haya presentado su solicitud en Inmigración, mientras que los solicitantes de empresas no acreditadas tendrán que esperar hasta 12 meses hasta que se emita y notifique la aprobación de sus solicitudes.
  5. Validez del permiso: Los permisos de residencia temporal emitidos a extranjeros patrocinados por empresas acreditadas serán válidos por dos años, renovables siempre que la empresa esté registrada y el extranjero siga trabajando para la empresa acreditada.

 

Clasificación para la acreditación de empresas:

  • Categoría A: Empresas ubicadas bajo un régimen de Zona Franca.
  • Categoría B: Empresas registradas como exportadoras ante el Ministerio de Comercio de Costa Rica.
  • Categoría C: Empresas que operan en el sector turístico (hoteles con una Declaración Turística y una clasificación de un hotel de cuatro estrellas o más, y aerolíneas registradas en la Asociación de Aerolíneas).
  • Categoría D: Empresas que operan en el área financiera, de pensiones y seguros en Costa Rica.
  • Categoría E: Empresas que operan o están a punto de iniciar operaciones en el área de telecomunicaciones en Costa Rica y están supervisadas o registradas por la Autoridad de Telecomunicaciones.
  • Categoría F: Empresas multinacionales caracterizadas por tener una marca o marca comercial reconocida mundialmente y tener operaciones y oficinas en al menos 3 países además de Costa Rica.
  • Categoría G: Empresas que han sido contratadas y designadas por el gobierno costarricense a través de procesos de Contratación Administrativa.

Una vez que su empresa esté acreditada, sus ejecutivos, personal directivo o especialistas podrán solicitar una Residencia Temporal.

Para obtener más información, complete el formulario de reunión electrónica de cortesía que se encuentra en la parte inferior. ¡Estaremos encantados de ayudarle!

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