¿Pueden los extranjeros no residentes ser dueños de propiedades en Costa Rica? La respuesta es: ¡por supuesto que sí! Este blog tratará sobre las legalidades en torno a la inversión inmobiliaria por extranjeros.
Costa Rica da la bienvenida a la inversión extranjera con los brazos abiertos. Usted no necesita residencia o ciudadanía para poder comprar una propiedad. Esto hace de Costa Rica una opción atractiva para los inversionistas jubilados, y cualquiera que busque una casa de vacaciones con un entorno natural impresionante.
A continuación, se detallarán los aspectos más relevantes sobre el proceso de la compra de una propiedad como extranjero no residente:
1. Elegir una propiedad: Enamórese de un terreno y hágalo suyo. Vaya donde su corazón se sienta en paz y quédese allí. ¿Qué puede ser más fácil, ¿verdad? Contacte con un agente inmobiliario para un proceso tranquilo y seguro. Lea nuestro blog: "¿Con o sin corredor de bienes raíces?", aquí:
2. Elija un abogado con experiencia en bienes raíces y buena reputación: En Costa Rica no existe la posibilidad de contar con un seguro de título. Llevar a cabo una debida diligencia antes de comprar una propiedad es un elemento clave para asegurarse que se está haciendo una inversión segura. Contratar a un abogado inmobiliario de buena reputación para revisar el título de propiedad y asegurarse que está en buenas condiciones es no negociable para nosotros al comprar una propiedad en Costa Rica. Lea nuestro blog sobre ¿Por qué la contratación de un abogado de bienes raíces es crucial?.
3. Formas de ser propietario: Los no residentes tienen varias opciones para comprar una propiedad en Costa Rica. Pueden hacerlo bajo su propio nombre, crear una sociedad o mediante un fideicomiso. Aprenda los pros y los contras de la compra a través de una sociedad aquí.
4.Impuestos sobre la propiedad: Como dueño de una propiedad en Costa Rica, usted será responsable de pagar la misma cantidad de impuestos a la propiedad que los costarricenses. Estos impuestos son relativamente bajos en comparación con muchos otros países, haciendo de Costa Rica un destino atractivo para la inversión inmobiliaria. Lea nuestro blog "Entendiendo los impuestos sobre la propiedad en Costa Rica" aquí.
La única excepción que aplica en este tema es el 2,5% de retención de impuestos sobre las ganancias de capital en ventas de propiedades registradas a nombre de no residentes. Esto se aplica a las personas físicas y jurídicas. Lo trataremos en otro blog.
5.Propiedades frente a la playa: La única limitación legal para los no residentes es para las propiedades dentro de la Zona Marítima Terrestre (ZMT). Las propiedades situadas dentro de los primeros 150 metros a partir de la línea de pleamar se encuentran dentro del régimen de la Zona Marítima Terrestre. Estas propiedades no son de pleno dominio y sólo pueden ser adquiridas mediante una concesión otorgada por la Municipalidad correspondiente. En este caso, los no residentes sólo pueden poseer hasta el 49% de la concesión. Hay soluciones legales que se pueden utilizar en estos escenarios en los que podemos ayudarle. Lea nuestro artículo sobre este tema aquí.
6.Compra desde el extranjero: Nuestros clientes siempre nos preguntan, ¿tengo que estar en el país para comprar una propiedad en Costa Rica? La respuesta es no. Usted puede comprar desde el extranjero. Asegúrese de contactarse con su abogado de confianza para saber cómo comenzar.
7.Beneficios de residencia: Si bien no es necesario ser residente para poseer una propiedad en Costa Rica, invertir en Costa Rica en bienes raíces puede ser un camino hacia la residencia. Obtener la residencia puede ofrecer beneficios adicionales, tales como ventajas fiscales, la estancia ilimitada en el país, y acceso a servicios como sanidad y educación. Es importante mencionar que la residencia no es un prerrequisito para ser propietario.
Tanto si busca una escapada tropical como una inversión lucrativa, los brazos abiertos de Costa Rica y su impresionante belleza le están esperando. Con una planificación cuidadosa y la orientación de expertos, pronto puede estar llamando hogar a su propio pedacito de paraíso.
Póngase en contacto con nosotros para iniciar el proceso.
¡Pura vida!
Lourdes Salas Vega
Lsv@quatro.legal
Aviso: La información proporcionada en este recurso es únicamente para fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Aunque procuramos asegurar la precisión y actualidad del contenido, las leyes y regulaciones pueden cambiar. Para obtener la información más precisa y actualizada, contacte directamente a nuestra oficina. Algunas imágenes pueden haber sido generadas con IA.
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