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Acoso Laboral. Comportamiento abusivo en el trabajo.

Por Equipo Corporativo y Negocios | 05 sept 2025 | Article

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La reciente reforma de la Ley General de Sociedades en Costa Rica, implementada mediante la Ley N.º 10220, ha introducido cambios significativos que afectan a las sociedades mercantiles, sucursales de sociedades extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada. Esta guía proporciona una visión detallada de los aspectos clave, sus implicaciones y los pasos necesarios para cumplir con las nuevas disposiciones legales.

Antecedentes de la Reforma

En 2017, la Ley N.º 9428 introdujo el Impuesto a las Personas Jurídicas, estableciendo que las sociedades que acumularan tres o más períodos consecutivos de morosidad serían disueltas por el Registro Nacional.

La Ley N.º 10220, publicada el 24 de mayo de 2022, reformó el Transitorio II de la Ley 9428, permitiendo la reinscripción de sociedades disueltas por morosidad, siempre que cumplan con ciertos requisitos.

Aspectos Clave de la Reforma

  1. Reinscripción de Sociedades Disueltas: Las sociedades disueltas por morosidad en el Impuesto a las Personas Jurídicas pueden solicitar su reinscripción en el Registro Nacional.
  1. Condonación de Intereses y Multas: Pueden pagar los montos adeudados sin intereses ni multas correspondientes a los períodos 2012–2015 y 2017–2021.
  1. Plazos para Regularización: Hasta el 15 de diciembre de 2022 para pagar, y hasta el 15 de enero de 2023 para presentar la solicitud de reinscripción.
  1. Procedimiento de Reinscripción: Requiere la firma del 51% de las acciones, escritura pública y envío al Ministerio de Hacienda.

Pasos para la Reinscripción

  1. Verifica si la sociedad fue disuelta por morosidad.
  2. Realiza el pago del impuesto sin intereses.
  3. Prepara y firma la solicitud de cese de disolución.
  4. Envía la documentación al correo del Ministerio de Hacienda: Deudas_Ley10220@hacienda.go.cr.
  5. Espera confirmación del Registro Nacional.

Recursos Oficiales

Conclusión

La Ley 10220 brinda una valiosa oportunidad para que las sociedades disueltas por morosidad fiscal se regularicen y recuperen su personalidad jurídica. Es clave actuar conforme a los plazos y requisitos establecidos por el Registro Nacional y el Ministerio de Hacienda.

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Aviso: La información proporcionada en este recurso es únicamente para fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Aunque procuramos asegurar la precisión y actualidad del contenido, las leyes y regulaciones pueden cambiar. Para obtener la información más precisa y actualizada, contacte directamente a nuestra oficina. Algunas imágenes pueden haber sido generadas con IA.