Derecho de lactancia en el Empleo

by Equipo Laboral y Empleo Quatro Legal | June. 27, 2024 | Artículo, Laboral y Empleo

La lactancia materna es un derecho fundamental que cubre a las madres que se encuentran en el periodo de lactancia; el cual ha sido reconocido por múltiples normativas tanto a nivel internacional como nacional, debido a los beneficios que puede aportar tanto al desarrollo y salud de los niños, como de las madres. En Costa Rica, este derecho se fortaleció con las reformas de 2020 al Código de Trabajo, otorgando una mayor protección y garantizando que las madres puedan amamantar a sus hijos sin enfrentar discriminación o barreras en el ámbito laboral, reconociendo así, la importancia de crear un vínculo con sus hijos en sus primeros meses de vida.

De acuerdo con la presidenta Ejecutiva del PANI, Licda. Iris Arias Angulo La lactancia materna ofrece un momento clave de vínculo y de intercambio, la mirada, el cuerpo y el movimiento son aspectos básicos en la constitución del sujeto. Pero este vínculo no se queda ahí, pues complementariamente la energía positiva de la madre y parte del alimento perfecto (amor) se percibe por el olfato, temperatura corporal (tibieza), movimientos, arrullo, vista, caricias, abrazos, suavidad, succión, sonrisas, llanto, oído, acercamientos, seguridad, confianza. Es este binomio básico donde se fundamenta la identidad, la confianza y el deseo por la vida”.

El periodo de lactancia se puede dividir en dos grandes periodos. El primero abarca los tres meses posteriores al parto, y corresponde a un período mínimo de ley que cubre a la madre. La segunda etapa comienza cuando la madre se reincorpora a sus labores de trabajo, y durante esta segunda etapa, se reconocen, a su vez, dos períodos distintos de lactancia: el tiempo destinado a amamantar al bebé y el tiempo para la extracción de leche materna.

Es importante aclarar que estos son dos tiempos de descanso son diferentes. Muchas veces se confunden y se piensa que el tiempo para amamantar al bebé incluye también el tiempo para la extracción de leche, pero no es así. Ambos tiempos son necesarios desde un punto de vista fisiológico, ya que la falta de espacio para la extracción de leche podría incluso generar problemas de salud para la madre.

A raíz de las reformas que se dieron en el 2022, específicamente en el artículo 94 y siguientes del Código de Trabajo, se incorpora un detalle de los tiempos destinados a la lactancia, los cuales se pueden distribuir de distintas maneras: puede ser de quince minutos cada tres horas, de media hora dos veces al día, o puede ser de una hora completa al inicio o al final de la jornada. Además, las partes involucradas pueden acordar cómo se disfrutará de esta hora, y los intervalos pueden ajustarse si existe una prescripción médica que así lo indique.

Así mismo, dicha reforma establece que el patrono debe dar un permiso con goce de salario para que la madre obtenga las constancias y certificaciones necesarias que demuestren que sigue amamantando.

La nueva normativa también establece la obligación al patrono de habilitar un espacio adecuado en términos de higiene, almacenamiento y privacidad, tanto para la extracción de leche como para la alimentación del menor dentro de las instalaciones de la empresa, si así lo requiere, esto independientemente de la cantidad de mujeres en periodo de lactancia que trabajen en el centro laboral, lo que fue novedoso.

Muy importante resaltar que, las madres que se encuentran en periodo de lactancia son trabajadoras aforadas; es decir que cuentan con una protección contra el despido, a menos que sea por falta grave y siguiendo un procedimiento especial en el Ministerio de Trabajo.

El fortalecimiento del derecho de lactancia es esencial para crear un entorno laboral inclusivo y comprensivo, y es de suma importancia que tanto empleadores como empleados estén informados sobre estos derechos y las obligaciones que conllevan.

Esperamos que esta información sea de su utilidad, quedamos a la orden para ampliar cualquier detalle.

Marcela Acosta V
Socia y Fundadora
mav@quatro.legal

Monserrat Serrano
Asistente Legal
mso@quatro.legal

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