Cómo Construir Una Casa En Costa Rica- Licencia Ambiental – SETENA
by Equipo de Real Estate Quatro Legal | June. 20, 2024 | Artículo, Bienes Raíces
En Costa Rica, la licencia ambiental es un requisito decisivo para cualquier proyecto de construcción y refleja el compromiso del país con el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente. Este proceso es gestionado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), creada en 1995, encargada de evaluar el impacto ambiental que tiene el desarrollo de proyectos en nuestro país y asegurar a través de procesos de análisis e inspeccion, que cumplan con las normativas vigentes.
SETENA desempeña un papel fundamental en la prevención de la degradación ambiental, la promoción del uso sostenible de los recursos naturales y la conservación de la biodiversidad del país. SETENA se encarga de implementar cprocesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y asegurar que el desarrollo económico se realice de manera responsable y equilibrada, considerando tanto los aspectos sociales como los ambientales. La principal responsabilidad de SETENA es la evaluación y aprobación de las EIA. Las EIA son estudios técnicos esenciales para determinar los posibles efectos ambientales de los proyectos que se desarrollan en el país.
En Costa Rica, la actividad técnica de SETENA se aprecia en la práctica a través de los permisos D1 y D2 con los que regulan y controlan las actividades con impacto ambiental, garantizando la sostenibilidad del entorno natural del país. A continuación, se detalla la importancia de estos permisos:
Permiso D1: Este permiso es requerido para los proyectos de mayor complejidad y tamaño, y su importancia radica en que incluye una evaluación de impacto ambiental que implica un estudio exhaustivo que identifica y analiza los posibles efectos ambientales de un proyecto, ayudando a mitigar daños ecológicos y a proteger los recursos naturales. Adicionalmente, incluye un aparte de mitigación de riesgos ambientales al exigir un análisis detallado y medidas de mitigación prevenir desastres ambientales y a promover prácticas sostenibles en la ejecución de proyectos.
Permiso D2: Este permiso se aplica a proyectos de menor impacto ambiental y facilita la regulación y gestión de proyectos pequeños. Esto hace más accesible el cumplimiento normativo para emprendedores y pequeñas empresas, asegura que estos proyectos adopten medidas para prevenir daños ambientales localizados, contribuyendo a la protección general del entorno.
Los permisos D1 y D2 de SETENA son fundamentales para la gestión ambiental en Costa Rica. Garantizan que todos los proyectos, independientemente de su tamaño, se desarrollen de manera sostenible y en armonía con el medio ambiente. Además, fomentan la responsabilidad ambiental entre desarrolladores y promueven la participación de la comunidad en la protección de su entorno natural.
La principal diferencia entre el permiso D1 y el D2 radica en la magnitud del proyecto y el nivel de detalle requerido en la evaluación de impacto ambiental. El D1 es para proyectos de mayor complejidad con un impacto ambiental significativo, requiriendo un proceso de evaluación más estricto y detallado, mientras que el D2 es para proyectos menores con un impacto reducido y un proceso de evaluación más simplificado.
1. Requisitos y procedimientos del permiso D1:
Información general del proyecto.
Nombre de la actividad, obra o proyecto.
Provincia, Cantón, Distrito.
Coordenadas.
Nº de Plano Catastrado, Nº de finca o matrícula.
Medida finca según plano (m²).
Área del proyecto según diseño (m²) (Cuando aplique).
Categoría de la actividad según la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) y su Impacto Ambiental Potencial (IAP).
Puntaje de Significancia de Impacto Ambiental (SIA).
Nombre del consultor ambiental responsable.
Nº de registro y vigencia ante SETENA.
Descripción del proyecto.
Calidades del desarrollador y medios para notificaciones.
Georreferenciación del sitio del proyecto.
Descripción general de la situación ambiental del sitio.
Matriz básica de identificación de impactos ambientales acumulativos
Requisitos legales (Documentos que acrediten la representación, en caso de ser una persona jurídica).
Certificación sobre el monto total de inversión del proyecto.
Requisitos técnicos-legales (Declaración Jurada de compromisos ambientales).
Requisitos técnicos (estudio geotécnico, estudio hidrológico).
Procedimiento para obtener la aprobacion de un D1.
Presentada la solicitud con los requisitos indicados anteriormente, SETENA revisa la documentación para verificar que esté completa. Si falta información, se solicita al proponente que la complete antes de continuar con el proceso. El plazo para la revisión inicial es de 10 días hábiles.
SETENA realiza una evaluación técnica detallada del proyecto, que puede incluir visitas al sitio y consultas con otras instituciones. El plazo aproximado de resolución de un D1, es de 90 días hábiles, extendiéndose según la complejidad del proyecto.
Una vez aprobada la evaluación técnica, SETENA emite un dictamen ambiental (favorable, desfavorable o condicionado) en un plazo de 30 días hábiles después de la evaluación técnica.
2. Requisitos y Procedimientos del Permiso D2.
Información general del proyecto.
Nombre de la actividad, obra o proyecto.
Provincia, Cantón, Distrito.
Coordenadas.
Nº de Plano Catastrado, Nº de finca o matrícula.
Medida finca según plano (m²).
Descripción del proyecto.
Calidades del desarrollador y medios para notificaciones.
Descripción del proceso productivo.
Requisitos legales (en caso de ser una persona jurídica, personería).
Copia de documento de identidad.
Certificación registral de la propiedad.
Certificación de plano catastrado.
Categoría de la actividad según la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) y su Impacto Ambiental Potencial (AIP).
Certificación de PYME emitida por el MEIC.
Certificación de “pequeño productor rural”.
Certificación de SINAC o de un ingeniero forestal que indique que el proyecto está fuera de cobertura boscosa.
Comprobante de pago por el servicio.
Procedimiento para obtener la aprobacion de un D2.
SETENA revisa la solicitud para asegurar que esté completa. Si falta información, se solicita al solicitante que la proporcione. El plazo de la revisión inicial es de 5 días hábiles.
Una vez aprobada la información, se procede con la evaluación técnica, que puede incluir visitas al sitio y consultas adicionales si es necesario. El plazo de evaluación es de 30 días hábiles para proyectos simples o hasta 60 días hábiles para proyectos más complejos.
El dictamen ambiental se emite en un plazo de 15 días hábiles luego de la aprobación de la evaluación técnica.
Contacto y Consideraciones Generales:
El estado de cada gestión D1 y D2 se presenta en la plataforma web: [SETENA Trámites](https://tramites.setena.go.cr).
Funcionario de contacto: Departamento de Evaluación Ambiental (DEA) de SETENA. Teléfono: 2234-3420 extensión 157.
Soporte WhatsApp: (+506) 8439 4828.
Para ambos procesos, es importante que todos los documentos presentados vía la plataforma digital de SETENA estén firmados digitalmente o escaneados con la debida autenticación por un notario público. Cumplir con las indicaciones de SETENA es esencial para proteger el medio ambiente, prevenir impactos negativos, cumplir con la legislación vigente y promover un desarrollo sostenible en Costa Rica.
El proceso de evaluación de impacto ambiental, ya sea mediante los permisos D1 o D2, obliga a los desarrolladores a considerar y mitigar los posibles efectos adversos de sus proyectos, promoviendo así prácticas más responsables y sostenibles. Además, estos procesos fomentan la transparencia y la participación de la comunidad, lo que fortalece la confianza en la gestión ambiental del país y asegura que los intereses de la sociedad sean tomados en cuenta. El cumplimiento de las regulaciones de SETENA es crucial para garantizar que el desarrollo económico de Costa Rica sea compatible con la protección del medio ambiente. Este compromiso no solo protege el patrimonio natural del país, sino que también promueve una cultura de sostenibilidad y responsabilidad ambiental que beneficia tanto a las generaciones presentes como futuras.
Para más información sobre procesos de licencias ambientales ante SETENA contacte a Gonzalo Rojas a grb@quatro.legal
Descargo de responsabilidad: La información proporcionada en esta publicación de blog es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Aunque nos esforzamos por garantizar la exactitud y actualidad del contenido, las leyes y regulaciones están sujetas a cambios. Para obtener la información más precisa y actualizada, por favor contacte directamente nuestra oficina. Algunas imágenes pueden ser generadas por IA.
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