Aplicación de pruebas doping en el ámbito laboral
by Equipo Laboral y Empleo Quatro Legal | June. 27, 2024 | Artículo, Laboral y Empleo
Las pruebas doping, o pruebas de detección de sustancias son una herramienta fundamental en diversos ámbitos, utilizadas para la detección del consumo de drogas o sustancias ilícitas; específicamente en el contexto laboral. Su aplicación ha tenido gran relevancia tanto para empleadores como para los trabajadores, debido a su impacto en la seguridad y bienestar de los trabajadores y el entorno laboral en general.
Existe la interrogante de si estas pueden o no aplicarse en el empleo, y la respuesta es afirmativa, siempre y cuando estas se justifiquen al perseguir un fin legítimo, cual es, verificar que el personal esté desempeñando sus funciones dentro del trabajo en condiciones óptimas, con el debido esmero, cuidado e intensidad adecuados, y sin estar bajo los efectos del alcohol o drogas análogas; lo que resulta crucial, principalmente en trabajos que impliquen un alto nivel de detenimiento y cuidado al detalle.
Las pruebas de dopaje más comunes en el ámbito laboral son las de orina y sangre, siendo la de orina la más utilizada debido a su menor invasividad y costo. La prueba de sangre, aunque menos común, debe reconocerse que puede resultar más precisa, según sea el caso.
Ahora bien, es importante recordar que todo derecho tiene sus límites, y la aplicación de estas pruebas, no es la excepción; resulta esencial que la implementación de estas pruebas se realice de manera ética y respetuosa, siguiendo principios de razonabilidad, proporcionalidad y confidencialidad, garantizando el respeto a los derechos de los trabajadores, como su intimidad y la dignidad humana. Serán también la confidencialidad y cuidado en la cadena de custodia del resultado, temas a tener muy presentes.
Es recomendable que los empleadores se informen adecuadamente sobre las pruebas de dopaje y, de ser posible, contraten a profesionales especializados para su realización; esto con el fin de garantizar que las pruebas se realicen con la máxima precisión y profesionalismo posible.
A pesar de que la legislación costarricense guarda total silencio respecto al protocolo que se debe seguir al momento de aplicar las pruebas, autoridades judiciales competentes, como la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, han establecido ciertos lineamientos y principios fundamentales que deberán seguirse y respetarse, tales como:
- La seguridad del trabajador.
- Voluntad del trabajador.
- Confidencialidad y cadena de custodia.
- Veracidad de la prueba.
A este punto resulta indispensable responder a la duda primordial, ¿Si la prueba resulta positiva se puede despedir de manera inmediata al trabajador? La respuesta es no, esto tomando en cuenta el criterio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), según el cual tanto el alcoholismo como la drogadicción son enfermedades, y por lo tanto, ante un primer resultado positivo, el empleador debe invitar al trabajador a acudir a centros de rehabilitación y ofrecerle apoyo para su recuperación. Hay excepciones a esta regla, para lo que es importante asesorarse adecuadamente cuando medie duda.
La aplicación de pruebas de dopaje en el ámbito laboral es una práctica que, si bien puede resultar útil para garantizar un ambiente de trabajo seguro, saludable y eficiente, protegiendo no solo al trabajador que puede estar usando sustancias, sino también a sus compañeros, la integridad de las instalaciones y equipos, y la seguridad de terceros, debe realizarse con el máximo respeto a los derechos y dignidad de los trabajadores.
Es esencial que los empleadores comprendan y apliquen los principios de razonabilidad, proporcionalidad, confidencialidad y voluntariedad en estos procesos, y tener las herramientas necesarias para apoyar a los trabajadores que enfrenten problemas de adicción, priorizando su salud y rehabilitación antes de considerar medidas disciplinarias gravosas, ya que al adoptar un enfoque justo y humano, se fomenta un entorno laboral más seguro, y productivo para todos.
Esperamos que esta información sea de su utilidad, quedamos a la orden para ampliar sobre el tema.
Marcela Acosta V
Socia y Fundadora
mav@quatro.legal
Monserrat Serrano
Asistente Legal
mso@quatro.legal
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