La Organización Internacional del Trabajo define el acoso laboral como: todo comportamiento abusivo, repetido y que atenta contra la dignidad de una persona en su entorno de trabajo.
Este comportamiento no solo afecta a las personas trabajadoras que lo sufren. También podría impactar la productividad, el clima interno y la reputación de la empresa. Por lo anterior, es fundamental asesorarse adecuadamente en esta materia e investigar toda denuncia de forma seria, confidencial y objetiva.
También es importante contar con políticas claras, capacitar al personal, y actuar con rapidez cuando surgen señales de alerta. Una de las preguntas frecuentes que recibimos es: ¿cuáles conductas pueden o no ser consideradas como acoso laboral?
A continuación, se enlistan algunos ejemplos que podrán servir de guía para la atención, prevención y sanción del acoso laboral:
CONDUCTAS CONSIDERADAS ACOSO LABORAL
1. Acoso psicológico o moral:
- Humillaciones o burlas reiteradas.
- Descalificar o menospreciar el trabajo de una persona.
- Imponer metas imposibles con intención de frustrar.
- Ignorar o excluir sistemáticamente a alguien del equipo.
2. Acoso físico:
- Empujones
- Intimidación mediante gestos físicos amenazantes.
3. Acoso verbal:
- Insultos, gritos o lenguaje degradante.
- Comentarios ofensivos.
- Uso de lenguaje hostil o con intención de amedrentar.
4. Acoso organizacional o institucional:
- Asignar tareas de inferior rango.
- Cambios frecuentes e injustificados de funciones o turnos para castigar o presionar.
- Amenazas de despido sin fundamento.
- Negar sistemáticamente oportunidades de formación o ascenso.
Las conductas deben darse de manera reiterada y sistemática para que se constituya el acoso laboral. Un evento aislado no es acoso.
CONDUCTAS NO CONSIDERADAS ACOSO LABORAL
1. Ejercicio legítimo de la autoridad laboral:
- Dar instrucciones claras sobre el trabajo.
- Asignar tareas o supervisar el desempeño.
- Evaluar el trabajo con base objetiva.
- Aplicar medidas disciplinarias conforme a la ley o política interna.
2. Decisiones organizacionales o estructurales:
- Cambios de turno, área o jefe inmediato por necesidades operativas.
- Reasignación de funciones por reestructuración o cambios contractuales.
3. Conflictos interpersonales ocasionales o diferencias de opinión:
- Desacuerdos profesionales puntuales.
- Discusiones respetuosas sobre tareas, procesos o decisiones.
- Comentarios aislados que no son maliciosos ni persistentes.
4. Retroalimentación profesional:
- Observaciones sobre cómo mejorar el rendimiento.
- Evaluaciones de desempeño (incluso si son negativas).
- Indicaciones para cumplir metas u objetivos.
Incluso conductas legítimas pueden transformarse en acoso laboral si:
- Se aplican de forma desproporcionada, repetitiva o con hostilidad.
- Son usadas como represalia o castigo indirecto.
- Buscan humillar, ridiculizar o aislar a una persona.
Es importante que cada caso puntual sea valorado a la luz de las guías anteriores.
Si tiene alguna consulta sobre la temática del acoso laboral no dude en contarnos.
María José Mora
Consultora Externa para Quatro Legal
Cambios a la Ley General de Sociedades en Costa Rica
by Equipo Corporativo y Negocios Quatro Legal | Mayo. 19, 2025 | Artículo, Corporativo

La reciente reforma de la Ley General de Sociedades en Costa Rica, implementada mediante la Ley N.º 10220, ha introducido cambios significativos que afectan a las sociedades mercantiles, sucursales de sociedades extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada. Esta guía proporciona una visión detallada de los aspectos clave, sus implicaciones y los pasos necesarios para cumplir con las nuevas disposiciones legales.
Antecedentes de la Reforma
En 2017, la Ley N.º 9428 introdujo el Impuesto a las Personas Jurídicas, estableciendo que las sociedades que acumularan tres o más períodos consecutivos de morosidad serían disueltas por el Registro Nacional.
La Ley N.º 10220, publicada el 24 de mayo de 2022, reformó el Transitorio II de la Ley 9428, permitiendo la reinscripción de sociedades disueltas por morosidad, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
Aspectos Clave de la Reforma
- Reinscripción de Sociedades Disueltas: Las sociedades disueltas por morosidad en el Impuesto a las Personas Jurídicas pueden solicitar su reinscripción en el Registro Nacional.
- Condonación de Intereses y Multas: Pueden pagar los montos adeudados sin intereses ni multas correspondientes a los períodos 2012–2015 y 2017–2021.
- Plazos para Regularización: Hasta el 15 de diciembre de 2022 para pagar, y hasta el 15 de enero de 2023 para presentar la solicitud de reinscripción.
- Procedimiento de Reinscripción: Requiere la firma del 51% de las acciones, escritura pública y envío al Ministerio de Hacienda.
Pasos para la Reinscripción
- Verifica si la sociedad fue disuelta por morosidad.
- Realiza el pago del impuesto sin intereses.
- Prepara y firma la solicitud de cese de disolución.
- Envía la documentación al correo del Ministerio de Hacienda: Deudas_Ley10220@hacienda.go.cr.
- Espera confirmación del Registro Nacional.
Recursos Oficiales
- Resolución conjunta sobre la Ley 10220 – PDF del Ministerio de Hacienda
- Registro Nacional de Costa Rica – Sitio Oficial
Conclusión
La Ley 10220 brinda una valiosa oportunidad para que las sociedades disueltas por morosidad fiscal se regularicen y recuperen su personalidad jurídica. Es clave actuar conforme a los plazos y requisitos establecidos por el Registro Nacional y el Ministerio de Hacienda.
Haga clic aquí para una llamada de cortesía
Descargo de responsabilidad: La información proporcionada en esta publicación de blog es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Aunque nos esforzamos por garantizar la exactitud y actualidad del contenido, las leyes y regulaciones están sujetas a cambios. Para obtener la información más precisa y actualizada, por favor contacte directamente nuestra oficina. Algunas imágenes pueden ser generadas por IA.
Sobre La Firma
Devolvemos la empatía y la excelencia al asesoramiento jurídico.
Quatro Legal se basa en la amabilidad, la pasión por el servicio y el compromiso de guiarlo con facilidad a través de sus desafíos legales.
SERVICIOS
Cambios a la Ley General de Sociedades en Costa Rica
by Equipo Corporativo y Negocios Quatro Legal | Mayo. 19, 2025 | Artículo, Corporativo

La reciente reforma de la Ley General de Sociedades en Costa Rica, implementada mediante la Ley N.º 10220, ha introducido cambios significativos que afectan a las sociedades mercantiles, sucursales de sociedades extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada. Esta guía proporciona una visión detallada de los aspectos clave, sus implicaciones y los pasos necesarios para cumplir con las nuevas disposiciones legales.
Antecedentes de la Reforma
En 2017, la Ley N.º 9428 introdujo el Impuesto a las Personas Jurídicas, estableciendo que las sociedades que acumularan tres o más períodos consecutivos de morosidad serían disueltas por el Registro Nacional.
La Ley N.º 10220, publicada el 24 de mayo de 2022, reformó el Transitorio II de la Ley 9428, permitiendo la reinscripción de sociedades disueltas por morosidad, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
Aspectos Clave de la Reforma
- Reinscripción de Sociedades Disueltas: Las sociedades disueltas por morosidad en el Impuesto a las Personas Jurídicas pueden solicitar su reinscripción en el Registro Nacional.
- Condonación de Intereses y Multas: Pueden pagar los montos adeudados sin intereses ni multas correspondientes a los períodos 2012–2015 y 2017–2021.
- Plazos para Regularización: Hasta el 15 de diciembre de 2022 para pagar, y hasta el 15 de enero de 2023 para presentar la solicitud de reinscripción.
- Procedimiento de Reinscripción: Requiere la firma del 51% de las acciones, escritura pública y envío al Ministerio de Hacienda.
Pasos para la Reinscripción
- Verifica si la sociedad fue disuelta por morosidad.
- Realiza el pago del impuesto sin intereses.
- Prepara y firma la solicitud de cese de disolución.
- Envía la documentación al correo del Ministerio de Hacienda: Deudas_Ley10220@hacienda.go.cr.
- Espera confirmación del Registro Nacional.
Recursos Oficiales
- Resolución conjunta sobre la Ley 10220 – PDF del Ministerio de Hacienda
- Registro Nacional de Costa Rica – Sitio Oficial
Conclusión
La Ley 10220 brinda una valiosa oportunidad para que las sociedades disueltas por morosidad fiscal se regularicen y recuperen su personalidad jurídica. Es clave actuar conforme a los plazos y requisitos establecidos por el Registro Nacional y el Ministerio de Hacienda.
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